Circulaba a una velocidad «anormalmente» reducida y tomó una rotonda en sentido contrario. La prueba de alcoholemia confirmó lo que los agentes sospechaban: casi cuadruplicó el máximo permitido. Pese a ello, el conductor, un ciudadano británico de unos 50 años, ha sido absuelto porque no se le leyeron sus derechos en inglés.
La intervención se produjo a las dos de la madrugada del 5 de mayo de 2013 en el bulevar de La Cala de Mijas. Al interceptar el vehículo, los agentes de la Policía Local apreciaron que el conductor presentaba «claros síntomas» de encontrarse bajo la influencia de bebidas alcohólicas.
Al someterse a la prueba del etilómetro, el hombre arrojó una tasa de 0,95 miligramos de alcohol por litro de aire espirado. En el segundo test, que se realizó 10 minutos más tarde, dio un resultado de 0,94, es decir, casi cuatro veces más del máximo permitido, cuyo límite genérico (excepto para profesionales y noveles) es de 0,25.
La sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 5 de Málaga no cuestiona el resultado de la prueba, que considera un «hecho cierto», sino la forma en la que se obtuvo, por lo que no puede «enervar la presunción de inocencia». Para el magistrado, el test de alcoholemia se llevó a cabo de manera «irregular» porque no se le designó un intérprete ni se le leyeron los derechos en inglés, idioma que habla el acusado.
El juez subraya en su resolución que la prueba no se realizó respetando su derecho de defensa, y especialmente la posibilidad que tenía de haber solicitado un segundo test de contraste y la «práctica médica de un análisis de sangre», argumenta la sentencia, contra la que cabe recurso.
Pero el magistrado profundiza sobre todo en el factor idiomático. En el juicio, se le preguntó a los policías locales por qué no se le designó un traductor para que entendiese sus derechos. Según la resolución judicial, uno de los funcionarios contestó que a las 2.30 horas de la mañana no se podía nombrar un intérprete.
El otro agente, sin embargo, declaró que rehusó al traductor y que él mismo se entendió con el acusado en inglés, leyéndole los derechos en este idioma. Para el magistrado, la documentación que obra en el procedimiento contradice la versión del policía y confirma que se hizo en español, además de que no se ha constatado el grado de conocimiento de inglés del funcionario en cuestión.
El juez también resta de valor probatorio al acta de sintomatología, ya que fue levantada por otros dos agentes que no declararon en el juicio. Por todo lo anterior, ha absuelto al conductor y deja sin efecto las medidas cautelares que pesaban sobre él.
El abogado Manuel Huertas, que defendió al acusado, considera que la sentencia sienta un «precedente» para la comunidad extranjera. «No se puede dar por cumplimentada una lectura de derechos a una persona que no entiende español por el mero hecho de que firme un formulario en castellano, cuando en las comisarías los hay en todos los idiomas», concluye el letrado.